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Tiempo para Responder un Derecho de Petición

responder derecho de petición

¿Has hecho en algún momento un derecho de petición? ¿Conoces el tiempo para responder un derecho de petición? Cuando hablamos del derecho de petición, nos referimos básicamente a el derecho que tiene toda persona de presentar peticiones; estas pueden ser de interés general o particular a las autoridades del Sector Público y obtener de estas, una oportuna respuesta.

En Colombia, el derecho de petición lo regula la Ley 1755 de 2015; esta Ley fue la primera norma extendida bajo la Constitución Política de 1991, y aunque puede se emite al Sector Público, también se puede realizar derechos de petición a organizaciones privadas.

Cada respuesta del derecho de petición, esta se debe responder de forma clara, concisa y aportando información apta para dar solución o una respuesta eficaz a la petición planteada.

Asimismo, debe contener una serie de términos a cumplir para que la respuesta al derecho de petición sea aceptada y tenga el valor; así como también, un tiempo de respuesta establecido por la ley al derecho de petición.

¿En Qué Tiempo se Responde un Derecho de Petición?

En principio cuando se va a realizar la respuesta a un derecho de petición, la ley establece que el tiempo para hacer dicha respuesta se comprenderá en un periodo de 15 días; durante ese tiempo se buscará resolver cualquier tipo de peticiones que se hayan realizado ante los organismos correspondientes.

Sin embargo, debido al estado de excepción de la pandemia que ha afectado al mundo en el desarrollo de esta emergencia sanitaria del COVID-19; el Gobierno Nacional en el artículo 5º del Decreto Legislativo No. 491 del 28 de marzo de 2020 decreto, que toda petición por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas, deberá resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.

Pasos para la Respuesta de una Petición

Cuando se nos presenta la oportunidad de darle respuesta a un derecho de petición, es importante conocer cómo responder un derecho de petición y los pasos que debemos seguir para hacerlo.

Para responder un derecho de petición debe ser preciso, puntual y pertinente, destinado siempre a dar una solución a lo planteado o que por lo menos permita esclarecer la solicitud realizada.

Tomando esto en consideración, la corte ha sido muy enfática en precisar en su Sentencia,  T-621, Oct. 06/17, que la respuesta debe ser:

  • Clara, es decir, contener argumentos comprensibles y razonables.
  • De Fondo, ello implica, abarcar de manera completa todos los asuntos que se le hayan planteado en la petición.
  • Precisa, ya que su respuesta debe ser exacta y rigurosa al caso que se plantea.
  • Congruente, debiendo existir correlación entre el asunto planteado y lo respondido.

Modelo de Respuesta de Petición de Interés Particular

Es común que en ocasiones deseemos realizar alguna solicitud a cualquier ente institucional o persona; para hacerles saber alguna información a manera de petición, reclamo, felicitación, o dar a conocer alguna necesidad.

Es por eso que la ley colombiana ampara de forma legal y formal, el derecho que tiene todo ciudadano de pronunciarse mediante el derecho de petición y darle respuesta a ellos.

Por tal motivo, es importante saber cómo realizar una respuesta derecho de petición de interés particular; y además, tener conocimientos del tiempo de respuesta de los mismos, así como también, poseer toda la información legal al respecto.

Usa el siguiente ejemplo de respuesta derecho de petición particular como guía para redactar tu propio documento:

Respuesta derecho de petición interés particular

También puedes realizar la descarga del documento desde nuestro enlace “modelo de respuesta a petición de interés particular” para que tengas la facilidad de editar el documento y adaptarlo para tu beneficio.

Anexo Ejemplo de Respuesta de Derecho de Petición

Responder derecho de petición

Términos para Dar Respuesta a un Derecho de Petición

¿Existen parámetros para responder un derecho de petición? Hay que tener en cuenta que toda petición debe estar sometida a un término especial según sea el caso que se presente; es decir, que según la petición realizada, habrán términos a seguir para darle respuestas a cada uno de ellos.

En el caso de responder las peticiones de documentos y de información deberá hacerlas en un periodo de diez días, luego de que se reciben. Por otro lado, las peticiones en las cuales se debe realizar una consulta a las autoridades en relación a su cargo deberán realizarse en un periodo de treinta días.

Asimismo, es importante tener conocimiento relacionado con los términos de respuesta de peticiones durante la pandemia del COVID-19, los cuales son periodos de tiempos diferentes a los mencionados anteriormente.

A causa de la emergencia sanitaria, la respuesta a peticiones de documentos y de información se debe responder en un periodo de veinte días luego de que se reciben.

En el caso de las peticiones que se realizan para una consulta a las autoridades en relación a las materias a su cargo, también se ven afectados los términos de respuesta, pues los mismos, deberán resolverse dentro de los treinta y cinco días.

Otros artículos de interés, guías, procesos y explicación paso a paso, para tus derechos de petición:

  1. Salud- Derecho de petición Salud
  2. Minuta- Como Hacer Minuta en el Derecho de petición
  3. Modelos- Modelos y Ejemplos para Derecho de petición